Antes de la Influenza, los mexicanos podían viajar a Japón sin Visa hasta por 6 meses (3 meses primero y luego pedir extensión del plazo allá en el departamento de inmigración).
Se decía que esta medida sería temporal, pero en la web de la embajada no especifican si es así o lo contrario; así que de momento todos con VIsa a Japón.
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PARA LOS CIUDADANOS MEXICANOS QUE DESEAN VIAJAR AL JAPÓN POR ESTANCIA MENOR DE 6 MESES.
Con fecha del 28 de abril de 2009, los ciudadanos mexicanos que deseen viajar al Japón requieren de visa, por disposición del Gobierno del Japón.
Aparte de los requisitos ya establecidos, se requiere de los siguientes documentos:
1.- Certificado medico
2.- Cuestionario de Salud
Favor de solicitar reservación para su cita al número:
044-55-4453-2629
de las 9:15 a las 12:30 hrs.
El horario para las citas es de 9:20 a 12:30 hrs.
El horario para la entrega de visas es de 17:00 a 18:15 hrs.
Los ciudadanos mexicanos que viajan en tránsito no requieren de visa.Para mayor información favor de comunicarse al 5514-4507, de lunes a viernes de las 9:15 a 13:15 y de las 15:00 a las 18: 15 hrs.
Dirección : Paseo de la Reforma 295 3er. piso, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500
Fuente: http://www.mx.emb-japan.go.jp/sp/avisovisa.html
Datos para la obtención de la Visa Japonesa
A los nacionales extranjeros:
Los extranjeros que pretenden ingresar a Japón deben obtener una visa en alguna Embajada o Consulado General japonés previo a su internación salvo en los casos en que se les autorice la entrada al país sin ella según lo establecido a continuación:
• cuando se trate de los nacionales de los países con los que Japón tiene un acuerdo de supresión de visas, siempre y cuando no se dediquen a actividades remunerativas o lucrativas tomando un empleo, ejerciendo una profesión, etc.
Para nacionales mexicanos aplica la cláusula de entrada al país sin visa, en viajes de placer, negocios comerciales ó viajes no lucrativos, siempre y cuando la estancia no exceda de 6 meses.• cuando posean el permiso de reingreso.
Las visas se expiden únicamente fuera del Japón de manera que no se otorgarán después de su llegada.
Si Ud. desea viajar a Japón deberá solicitar una visa ante la Embajada o Consulado General japonés que se encuentre en el país de su nacionalidad. En caso de residir en un país del cual no sea ciudadano o de tener algún motivo especial de manera que no pueda solicitar una visa ante la Embajada o Consulado japonés de su país, consulte a la Embajada o Consulado japonés más cercano.
Para solicitar la visa deberá presentar los siguientes documentos:
a) pasaporte vigente b) 2 fotografías de 4.5 cm x 4.5 cm. (3 fotos si es apátrida)
1. La cara debe estar centrada hacia los lados (Izq. Der.)
2. Debe tomarse bien enfocado (nítido) y claro
3. No cubir alguna parte de la cara
4. Sin lentes de color y sin lentes brillando
5. Sin gorra ni sombrero
6. Fondo Blanco
7. Foto de color
8. Favor de tomar con papel billante, no papel mate
9. Tamaño de foto es de 45mm x 45mm
c) solicitud de visa (el formato oficial se le proporcionará en la ventanilla de visas de la Embajada o Consulado) d) documentos que respalden el motivo de su viaje: En caso de que se necesite un garante residente en Japón, este deberá elaborar o preparar los siguientes documentos:
1) cuando se trate de viaje de turismo:
a) carta en la que se expongan los motivos por los que el garante invita al solicitante de la visa;
b) carta de garantía o carta compromiso de invitación;
c) certificado de empleo o copia certificada del registro de empresa si es empresario;
d) certificado de pago de impuestos
e) certificado de cédula de habitante2) cuando se trate de viaje de negocios:
a) carta en la que se expongan los motivos por los que el garante invita al solicitante a Japón;
b) carta de garantía o carta de compromiso de invitación;
c) copia certificada del registro de la empresa
d) itinerario de viaje, visitas, etc.Los documentos que respalden el motivo de viaje variarán dependiendo del mismo, por lo tanto, es necesario consultar a la División de Asuntos de Nacionales Extranjeros del Japón, al Ministerio de Relaciones Exteriores del Japón, o a la Embajada o Consulado General del Japón. Dependiendo del caso se podrá requerir documentación adicional.
El tiempo requerido desde la recepción de la solicitud hasta su expedición puede variar dependiendo del caso, sin embargo, pueden tomarse como referencia los siguientes tiempos:
1) si no hay necesidad de consultar al Ministerio de Relaciones Exteriores del Japón, de 2 a 7 días;
2) si se requiere consultar al Ministerio de Relaciones Exteriores del Japón (visas de trabajo, estudio, etc.), de 2 a 3 meses;
3) si la solicitud se presenta con un Certificado de Elegibilidad, de 2 a 7 días.
La información sobre el Sistema de Certificado de Elegibilidad se proporcionará en la Dirección de Inmigración del Ministerio de Justicia del Japón, oficinas regionales del mismo, Embajadas o Consulados Generales del Japón.
La autorización para la expedición de visa o la negativa de la misma será notificada al solicitante por la Embajada o Consulado General que haya recibido la solicitud correspondiente. Esta información no será comunicada al garante residente en Japón, y no se informarán las razones por las que se haya negado el visado.
En caso de obtener la visa el solicitante deberá cubrir los derechos por concepto de expedición. Las cuotas por expedición son fijadas por ordenanza del Ministerio de Relaciones Exteriores del Japón.
(estos precios pueden estar sujetos a cambios sin previo aviso)
• Visa ordinaria de entrada $340.00 • Visa de entradas múltiples $680.00 • Visa de tránsito $80.00
Dependiendo de los acuerdos de reciprocidad que Japón tenga suscritos con otros países, los nacionales de éstos podrán exentarse del pago de derechos o pagar una cuota de descuento por la expedición del visado.
Dirección : Paseo de la Reforma 295 3er. piso, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500
Fuente: http://www.mx.emb-japan.go.jp/sp/servicios/visa.htm
jueves 30 de abril de 2009
Visas Japon Mexicanos
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